Días festivos
Los días festivos se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo, estos pueden ser de carácter patriótico, cívico, religioso o político.
La operación diaria dentro de una empresa, suele generar estrés, este normalmente es alivianado en los días, que por ley, la empresa otorga como días de vacaciones sin embargo, hay otros días en los que los trabajadores pueden disfrutar de descanso, días feriados o festivos en donde se pueden celebrar las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.
Los días feriados pueden ser de carácter patriótico, cívico, religioso o político. Durante los días de descanso obligatorio los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios y reciben su salario íntegro.
En caso de que los patrones soliciten a los trabajadores laborar en los días festivos, se deberá determinar el número de trabajadores que deben prestar sus servicios, aseguran los expertos de RedHuman. Los colaboradores tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, esto significa que se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
Los días festivos se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo siendo estos:
– 1ero de enero (se celebra la festividad de año nuevo)
– Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (la Constitución Mexicana)
– El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
– El 1ero de mayo (Se celebra el día del trabajo)
– El 16 de septiembre (Se conmemora el Día de la Independencia de México)
– El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Inicio de la revolución mexicana)
– El 1ero de diciembre de cada seis años, cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
– El 25 de diciembre (Festividad de navidad)
– El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para ejecutar la jornada electoral
También, existen los días feriados sin descanso obligatorio, no están establecidos en la Ley Federal del Trabajo por lo que no se reconoce el derecho al trabajador a tomarse estos día de descanso obligatoriamente. Sin embargo, existen empresas en las cuales se brindan algunos de estos días como reconocimiento al esfuerzo, trabajo y cumplimiento de metas.
Los días festivos sin descanso obligatorio son los siguientes:
- El 14 de abril (Jueves Santo)
- El 15 de abril (Viernes Santo)
- El 17 de abril (Domingo de Resurrección)
- El 5 de mayo (Se conmemora la Batalla de Puebla)
- El 10 de mayo (Celebración del Día de la Madre)
- El tercer domingo de junio (Se conmemora el Día del Padre)
- El 2 de noviembre (Día de los Muertos en México)
- El 12 de diciembre (se conmemora el Día de la Virgen de Guadalupe)
- El 24 de diciembre (Día de Noche Buena)
Es obligación de los patrones conceder el descanso a los trabajadores los días festivos establecidos por la Ley Federal de Trabajo y en caso de no hacerlo, cumplir con el salario doble, aseguran los especialistas de RedHuman. También, es importante considerar el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares.
Como trabajador, conocer los días feriados permite organizar mejor el año. De esta manera, podrán saber de cuantos días festivos disponen para realizar actividades y manejar una mejor gestión del tiempo libre.
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