Inspección en materia de subcontratación laboral
Desde 2021 el gobierno mexicano reformó la Ley Federal del Trabajo de mano del Servicio de Administración Tributaria y dio a conocer nuevas modificaciones a la ley para evitar la práctica laboral conocida como outsourcing.
Esta práctica fue ratificada como ilegal por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a partir de junio de 2023. En ese entendido la segunda sala resolvió que se hará una excepción para los casos de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.
Por lo cual, esta actividad cobró mayor fuerza, ya que, la empresa contratista deberá estar registrada en el padrón público y cumplir con una serie de requisitos para tener la facultad de ofrecer estos servicios.
Cabe mencionar que la subcontratación debe estar formalizada por medio de un contrato escrito que establezca el objeto de los servicios a proporcionar y el número aproximado de trabajadores que van a participar en dicho contrato.
Al mismo tiempo las empresas han subcontratado con mucha cautela, pues temen sanciones económicas por parte de las autoridades fiscales.
Esto es generado, en gran medida, por la desinformación que existe alrededor de este tema. Así lo aseveran expertos dedicados a los Recursos Humanos.
Recientemente, el SAT emitió un boletín de prensa en donde se indica que más de 1,500 empresas fueron auditadas en sus procesos de contratación y canceladas del registro del padrón de prestadores de servicios debido a algunos incumplimientos en su forma de operar.
Actualmente, las empresas dedicadas al giro logístico, de administración y retail han sido las que mayor adopción a los servicios especializados han tenido.
Por esta razón es importante que una empresa esté enterada del tipo de certificaciones con las que cuentan aquellos proveedores de maquila de nómina (payroll), entre otros servicios especializados.
Los beneficios de contar con una empresa certificada REPSE son que hay una mayor confianza y credibilidad entre sus clientes, ya que el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, lo avala.
Asimismo existe un mayor control y regulación de la información empresarial toda vez que se permite a las autoridades pertinentes que se haga una revisión constante y conservar un mercado laboral propicio para los negocios.
Ya que como lo menciona el SAT: “Los prestadores de servicios que oferten y ejecuten servicios especializados sin contar con su registro en el REPSE, y aquellos que aun contando con él incumplan con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo en la materia, podrán ser sancionados por el delito de defraudación fiscal”.
De tal manera que se recomienda verificar que los proveedores se encuentren inscritos en el registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas.
También, verificar que el servicio especializado que se contrate no forme parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante en el SAT para la misma empresa.
Por último, asegurarse de que el proveedor y el cliente firmen un contrato de prestación de servicios en el cual se especifica la información del REPSE.